Ingresos Brutos: Declaración Jurada Anual 2022, Contribuyentes Locales CABA. Res. 1391 DGR.

RESOLUCIÓN N.º 1391/DGR/23

Buenos Aires, 24 de mayo de 2023

VISTO: el inciso 28 del artículo 4° del Código Fiscal (t.o. 2023), modificado por las Leyes Nros. 6.618 (BOCBA N° 6.579), 6.642 (BOCBA N° 6627) y 6.643 (BOCBA N°6625), la Resolución N° 114-AGIP/22 (BOCBA N° 6.368) y el Expediente Electrónico N° 20034805/GCABA-DGANFA/23, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el inciso 28 del artículo 4° del Código Fiscal vigente se faculta a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos a fijar fechas de vencimientos generales para la presentación de las declaraciones juradas;

Que por medio del inciso n) del artículo 1° de la Resolución N° 114-AGIP/22 se delega en el Director General de Rentas o en el/la funcionario/a que lo/a sustituya, el dictado y la suscripción de las Resoluciones que fijen fechas de vencimientos generales para la presentación de las declaraciones juradas anuales en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos;

Que resulta necesario establecer las fechas de vencimiento para la presentación de las citadas declaraciones juradas anuales en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondientes a los contribuyentes que tributan bajo la Categoría Locales, aplicable al Ejercicio Fiscal 2022.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Resolución N° 114-AGIP/22,

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS

RESUELVE

Artículo 1°.- Establécense las fechas de vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente al Ejercicio Fiscal 2022, respecto de aquellos contribuyentes que tributan bajo la Categoría Locales, según se detalla a continuación:

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos y a las Subdirecciones Generales y demás áreas dependientes de esta Dirección General de Rentas para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. Tujsnaider

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