Registro de Domicilio de Explotación AGIP (RDE)

Te recordamos que hay tiempo hasta el 31 de mayo para registrar el Domicilio de Explotación en AGIP (RDE)

El domicilio de explotación es el inmueble en el cual el contribuyente del Impuesto sobre los Ingresos Brutos ejerce o desarrolla, total o parcialmente, su actividad económica

El registro es de carácter obligatorio para las siguientes personas:

a) Los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo Categoría Locales.


b) Los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que tributen bajo las normas del Convenio Multilateral, en la medida que posean establecimiento, local, sucursal u oficina situado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


c) Los contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, excepto aquellos comprendidos en los términos del artículo 272 del Código Fiscal (t.o.2020).


d) Contribuyentes exentos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

En la mayoría de los casos pudimos observar, que el servicio ya estaba habilitado de oficio

Al momento de realizar el registro deberá contar con la siguiente información, la cual le será solicitada en los distintos pasos de registración:

  • Partida del inmueble en el que se realice la actividad, está en desarrollo que para aquellos contribuyentes que no posean una partida de un domicilio en CABA se podrá continuar con el registro sin número de partida
  • Número de CUIT de la persona titular del inmueble
  • Número de CUIT de la persona que realiza la actividad que se está declarando
  • Carácter de la ocupación del inmueble de la persona que realiza la actividad
  • Código de la actividad que se realiza (NAES)
  • Superficie que afecta a la actividad
  • Número de habilitación, en caso de corresponder
  • Fecha de inicio de la actividad en ese inmueble
  • Fecha de cese de la actividad en ese inmueble

Click para calificar este post!
Total: 3 Promedio: 5