El Banco Central y ARBA, confirman que no habrá retenciones de Ingresos Brutos (SIRCREB) sobre el IFE y los créditos a tasa cero

Según publica en su sitio web, el Banco Central confirma que les informó a las entidades financieras que el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), la Asignación Universal por Hijo (AUH) y el Salario Complementario (Decreto Nº 332/20) no están alcanzados por el Impuesto sobre Ingresos Brutos y que las transferencias efectuadas por dichos conceptos por la ANSES quedan exceptuadas de las retenciones bancarias del Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias (SIRCREB), según lo informado por la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral.

A través de la Comunicación C87164, el BCRA indicó que también quedarán excluidos de la misma retención los Créditos a Tasa 0% para Monotributistas y Autónomos, en todos los casos que las entidades financieras intervengan en la operación.

Esta ayuda financiera fue instrumentada en el marco de la Emergencia Sanitaria declarada por el Poder Ejecutivo Nacional como consecuencia de la pandemia del virus Covid 19.

Del mismo modo ARBA expresó

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires comunicó a las distintas asociaciones de bancos, que agrupan a la totalidad de las entidades financieras del país, que deben excluir de los regímenes de retención las acreditaciones bancarias vinculadas al Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), dispuesto por el gobierno nacional en el marco de la pandemia de Covid-19.

Federico Gosman, subdirector de Recaudación y Catastro de ARBA, explicó que “dado que entre los beneficiarios del IFE se encuentran monotributistas de categorías A y B, que son contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Provincia, emitimos un aviso a los bancos para que no les practiquen retenciones sobre ese subsidio”.

Las normas vigentes en jurisdicción bonaerense establecen que se encuentran excluidos del régimen sobre acreditaciones bancarias aquellos subsidios otorgados por el gobierno nacional, provincial o municipal. Por ese motivo, en caso de que los bancos hubiesen practicado una retención sobre el Ingreso Familiar de Emergencia deberán revertirla de manera inmediata.


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