AGIP: Los contribuyentes con saldos a favor en Ingresos Brutos y deuda como Agentes de Recaudación podrán solicitar excepcionalmente la atenuación de alícuotas.

Se establece, con carácter excepcional, que los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que declaren saldos a favor en el tributo y registren la existencia de deuda respecto de sus obligaciones como Agente de Recaudación entre abril/20 y abril/21, podrán solicitar, hasta el 30/06/2021, la evaluación de las alícuotas de recaudación establecidas con el objeto de una eventual morigeración, bajo los términos y condiciones de la presente Resolución.

El texto completo de la Resolución es el siguiente:

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