Carga del libro de sueldos digital LSD con SOS Contador

SOS cuenta con la función de exportación de los archivos necesarios para la presentación del LSD. Se explica a continuación cómo operar este aplicativo web y cómo utilizar los archivos de Conceptos y de Liquidación generados por el módulo sueldos de SOS

¿En qué consiste el libro de sueldos digital?

Según dice AFIP en http://www.afip.gob.ar/LibrodeSueldosDigital/novedades-beneficios/definicion.asp , el libro de sueldos digital es una nueva herramienta informática que permite a los empleadores cumplir distintas obligaciones en un único trámite, para generar el Libro de Sueldos y Jornales, – Hojas Móviles -, y la Declaración Jurada mensual (F.931).

El nuevo sistema ‘Libro_Sueldos_Digital’ compatibiliza el sistema de liquidación de haberes del contribuyente, a fin de utilizarlo como portador de los datos de entrada, junto con la información disponible en los servicios ‘Simplificación Registral’ y ‘Sistema Registral’, y a partir de ello, elabora el Libro de Sueldos y Jornales, previsto en el art. 52 de la Ley N° 20.744 y la Declaración Jurada mensual (F.931).

Ingreso al LSD

Se ingresa al sistema Libro de Sueldos Digital desde AFIP / Clave Fiscal:

El sistema se presenta con la siguiente pantalla de inicio:

A) Configuración inicial de conceptos

Es necesario realizar una configuración inicial de conceptos antes de poder producir liquidaciones y DDJJ. Esta configuración consiste en indicar a LSD la correspondencia entre los conceptos del empleador (conceptos SOS) y conceptos AFIP. Por ejemplo: el concepto “1 – Sueldo Básico” de SOS se corresponde con el concepto “110000 – Sueldo” de AFIP. Cada concepto de AFIP puede estar incluido en uno o varios de los subsistemas de aportes y contribuciones (SIPA, INSSJyP, etc.) conformando así las distintas bases de remuneraciones imponibles 1 a 10.

Para realizar esta configuración inicial en forma automática es necesario realizar dos pasos, uno en el SOS y otro en AFIP / Libro de Sueldos Digital

Deberá realizar estos pasos cada vez que utilice un número de concepto nuevo que no haya utilizado en liquidaciones anteriores

Paso 1: generar archivo de conceptos en SOS

Ir a sueldos – recibos y localizar el botón “Conceptos LSD”, clickearlo para obtener el archivo de conceptos que permitirá realizar la configuración inicial.

Recordar dónde se descarga el archivo conceptosLSD.txt ya que se necesitará utilizarlo en el siguiente paso.

Paso 2: subir el archivo de conceptos a AFIP / Libro de Sueldos Digital

Clickear sobre menú “Conceptos” y luego botón “Carga masiva por importación”, como se muestra en la siguiente imagen:

Y luego apuntar al archivo ConceptosLSD generado por SOS:

Presionando “Cargar” a continuación. Con esta acción se cargará la lista de conceptos.

B) Carga de liquidaciones mensual

El procedimiento mensual requiere que -una vez realizada la liquidación de sueldos- se genere el archivo de liquidaciones en SOS y que se suba el mismo a AFIP / Libro de Sueldos Digital

Paso 1: generar archivo de liquidaciones en SOS

Ingresar a SOS, menú Sueldos, opción Recibos. Seleccionar año y mes a liquidar y presionar el botón Buscar/Actualizar. Se verá el listado de recibos y también el botón “Liquidación LSD”. Presionar dicho botón para obtener el archivo de la liquidación.

Paso 2: subir el archivo de liquidaciones a AFIP / Libro de Sueldos Digital

El procedimiento mensual de carga de liquidaciones se realiza desde el botón “Liquidaciones y DDJJ” y el primer paso consiste en crear el nuevo período que se desea liquidar:

Dentro del período creado, se debe crear a continuación una liquidación, con un número correlativo:

Y a continuación será posible importar el archivo de liquidación generado por SOS:

Una vez seleccionado el archivo confirmar la subida mediante botón “Subir”

Paso 3: validaciones formales y conceptuales

Al realizar la importación el sistema Libro de Sueldos Digital realizará validaciones formales (como longitud de cada fila del archivo, cantidad de filas, consistencia de datos de control, etc.) y validaciones conceptuales, como por ejemplo:

  • Inclusión de cada CUIL en las relaciones laborales vigentes del empleador
  • Consistencia del tipo de empresa de cada empleado con la del empleador
  • Consistencia de datos informados para las distintas bases de remuneraciones (por ejemplo, la base 4 no puede ser menor que la base 8)
  • Consistencia de aporte OS con lo calculado por AFIP según detalle de conceptos y su inclusión en el subsistema de aportes OS

Una vez superadas estas validaciones, se obtendrá una liquidación válida, la cual aparecerá en verde en la página de inicio de Libro de sueldos digital

C) Ajuste de Conceptos

La configuración inicial de conceptos envía la asociación genérica de conceptos SOS con conceptos AFIP. Puede que alguna de estas asociaciones no sea válida según el criterio con que se la ha utilizado.

Por ejemplo el concepto 5 de SOS “Premio” se ha vinculado genéricamente al concepto AFIP 170000 “Premio”. Pero puede que según el criterio del usuario, este corresponda al concepto AFIP 170001 “Premio Presentismo”, y así lo desee informar.

Para hacer esto es necesario alterar las vinculaciones de conceptos, lo cual se realiza desde el menú “Conceptos” del Libro sueldos digital

  1. Ingresar a LSD
  2. Ingresar a Conceptos
  3. Presionar “Ver conceptos”
  4. Localizar el concepto que corresponda (el 5 según nuestro ejemplo) y eliminarlo, clickeando el icono de tachito de basura que se encuentra justo a la derecha del óvalo rojo que marcamos en la siguiente imagen:

5. Una vez eliminado el concepto incorrecto, presionar “volver” y crearlo correctamente, utilizando el formulario al efecto:

ATENCIÓN: en este formulario, los códigos deben ser cargados con ceros adelante hasta completar 10 dígitos (ejemplo: “0000000005”) para que sean vinculado correctamente!

Correcta utilización de conceptos no remunerativos

Nuestros conceptos no remunerativos indican en su nombre en qué remuneraciones se incluirán en los cálculos de exclusivamente el txt de liquidación LSD:

  • Otros Conceptos no Rem. sin Retenciones: no se incluirán en ninguna remuneración
  • Otros Conceptos no Remunerativos c/Ap y Cont. OS: se incluirán en las remuneraciones 4 y 8
  • Otros Conceptos no Rem. c/Ret OS y ART: se incluirán en las remuneraciones 4, 8 y 9
  • Otros Conceptos no Rem. c/Ret ART: se incluirán en la remuneración 9
  • Otros Conceptos No Remun c/Ap Rem 1, 4, 5, 8 y 9: se incluirán en las remuneraciones 1, 4, 5, 8 y 9

Correcta elección de conceptos para retenciones de aportes de seguridad social y obra social

LSD realiza validaciones para verificar que se ha retenido en los recibos de sueldo, acorde a las bases imponibles informadas, el correcto importe de aportes de seguridad social y obra social. Para ello la forma que utiliza para identificar la naturaleza de cada concepto es asociar un código de concepto SOS a un código de concepto LSD.

Es necesario entonces que todo concepto de aportes sea liquidado en los conceptos SOS relacionados al concepto LSD correspondiente:

  • 810000 para aporte de jubilación
  • 810001 para aporte Ley 19032
  • 810002 para aporte de obra social
  • 810003 para aporte ANSSAL
  • 810006 para aporte RENATEA (Seguro Sepelio UATRE)
  • 810009 para aporte obra social adherente

Toda liquidación de estos aportes en un concepto LSD de otra naturaleza generará errores en la validación de la liquidación

Importación de más de una liquidación en el mismo período

Si el usuario en vez de subir todos los recibos bajo una sola liquidación lo hace subiendo distintos tipos separados como puede ser el caso de recibos de 1ra quincena y 2da quincena y en ambas se repita al menos un legajo deben seguirse los siguientes pasos:

1) Descargar el txt de liquidación filtrando por 2da quincena

2) Luego el txt de liquidación filtrando por “Primera y Segunda quincena”

3) Abrir el archivo del punto 1) y borrar todos las líneas que comiencen con 04, se encontrarán al final

4) Abrir el archivo del punto 2) y copiar todas las líneas que comiencen con 04, se encontrarán al final

5) Pegar las líneas copiadas del archivo del punto 2) al archivo del punto 1), guardar y utilizar como archivo para importar la liquidación de la segunda quincena

Mismo procedimiento para el caso de por ejemplo los recibos de SAC

Licencia por maternidad

En nuestro sistema no contamos con un concepto de Licencia por maternidad ya que para LSD no debe informarse en sí como concepto dentro del recibo de sueldos, ni como remunerativo ni como no remunerativo

Si de todas formas se desea que la licencia figure en el recibo, la forma más sencilla es utilizar dos conceptos del mismo tipo que se estimé no se utilizarán, uno para sumar el importe de la licencia y otro para restarlo por ejemplo

Recordar para el futuro que dichos conceptos serán de exclusivo uso para este caso

Luego asegurarse de haber elegido correctamente la situación de revista como licencia por maternidad y a continuación subir el txt de liquidación a LSD. Una vez subida la liquidación ingresar al legajo en cuestión que tendrá 0 de remuneración (si se ha tomado licencia el mes completo) y completar el campo Maternidad con el importe de la licencia y la cantidad de días a 30

Si la licencia no se ha tomado en el mes completo se debe liquidar el recibo de sueldo proporcionando a la cantidad de días trabajados y también proceder a completar el campo Maternidad con el importe de la licencia y la cantidad de días 30

Errores Frecuentes en la validación de la liquidación

  • Únicamente el personal permanente discontinuo puede informarse con un tipo de empleador distinto al de la declaración jurada:

El error surge porque se informa en los empleados un tipo de empleador distinto al que declara el empleador en la declaración jurada El tipo de empleador se informa acorde a lo que se ha seleccionado en el campo “Tipo de Empresa” dentro de los datos del empleador

Generalmente el tipo de empresa/empleador que se utiliza es “Dec 814/01, art. 2, inc. B“, asegurarse entonces de configurar este campo correctamente y que el tipo de empleador corresponda con el que informa en LSD/931

  • Los errores en bases imponibles de aportes 1, 4 y/o 5 pueden ser generados por falta de indicación de dÃ�as trabajados en el semestre por el SAC. Verificar el campo CANTIDAD del SAC PROPORCIONAL en el recibo informado:

Si utiliza el concepto 42 para liquidar SAC proporcional para LSD es necesario que complete en el campo cantidad, la cantidad de días que se han utilizado en el cálculo de dicha proporción

Este error siempre generará otros referidos a diferencias entre bases imponibles y aportes de seguridad y obra social, una vez solucionado se corregirá el resto.

  • Base calc. dif. ap. OS y FSR / LRT inválido

Las bases de cálculo diferencial se informan vía txt siempre y cuando los recibos del legajo tengan completado un valor en los campos “Remuneración 4 y 8” y “Remuneración 9” incluyendo el número 0 (cero).

Se obtienen de la diferencia entre los importes completados por el usuario en los campos “Remuneración 4 y 8” (OS y FSR) y “Remuneración 9” (LRT) y el valor que el sistema les calcula a dichas remuneraciones en base a los conceptos liquidados en el recibo.

Este error se produce cuando se informan las bases de cálculo diferencial con importes negativos, producto de que se ha completado en los recibos en los campos “Remuneración 4 y 8” y/o “Remuneración 9”, un valor menor a las remuneraciones del recibo.

Por ejemplo un recibo con un valor de 100 para conceptos remunerativos y 30 para conceptos no remunerativos (que se incluyen en obra social) calcula como Remuneraciones 4 y 8 en base a conceptos liquidados el valor 130 y adicionalmente se le ha completado al campo “Remuneración 4 y 8” el importe de 120. Dicha configuración generará que las bases diferenciales de OS y FSR tengan como resultado 120 – 130 = – 10 generando el error.

La solución es modificar los importes completados en los campos de las remuneraciones a un valor no inferior al que el sistema calcula en base a los conceptos liquidados en el recibo.

  • El aporte SIPA/PAMI/Obra Social calculado por AFIP en el período es de $XXX.XX y Ud. informa $YYY.YY

El error se produce cuando existe diferencia entre el cálculo que realiza AFIP de los aportes de seguridad social y obra social en base a las distintas remuneraciones informadas y combinación de datos del perfil del trabajador (modalidad de contratación, condición, código de actividad, etc) contra el total de aportes informados en el recibo de sueldo liquidado.

En este caso es necesario asegurarse que los datos de las remuneraciones y conceptos liquidados en los recibos sean correctos. Por ejemplo:

  1. Para SIPA/jubilación el 11% + x% de aporte adic. de Seg Soc sobre la Rem 1 debe coincidir con la sumatoria de conceptos liquidados en el recibo con el código LSD 810000
  2. Para PAMI/Ley 19032 el 3% sobre la Rem 1 debe coincidir con la sumatoria de conceptos liquidados en el recibo con el código LSD 810001
  3. Para Obra Social el 3% sobre la Rem 4 debe coincidir con la sumatoria de conceptos liquidados en el recibo con el código LSD 810002 (con excepción de los conceptos 221 y 222)
  4. Para RENATEA el 1,5% sobre la Rem 1 debe coincidir con la sumatoria de conceptos liquidados en el recibo con el código LSD 810006
  • Ha ocurrido un error procesando su presentación. Verifique que la codificación del archivo txt sea ANSI

Se debe a un problema de la codificación del archivo respecto a las palabras que llevan tilde, símbolos o la letra ñ

La solución es abrir el txt, dirgirse a Archivo > Guardar como y a continuación modificar la codificación de UTF-8 a ANSI, luego presionar guardar.

O como alternativa simplemente quitarle las tildes, símbolos y letras ñ al campo “Tarea” dentro de los legajos.

  • Forma de pago inválida, es distinta de 1, 2, 3 y 4 (solo para modalidad 61 y 62):

El error se presenta por recibos liquidados en el período sin tener una forma de pago seleccionada

La solución es elegir una de las tres opciones disponibles y guardar el recibo, en el caso de que sea acreditación en cuenta será necesario que se complete también el CBU

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