ATP Mayo: la AFIP extiende el plazo para poder obtener el beneficio. RG AFIP 4720/2020

Por la Resolución General Nº 4.716 estableció el plazo para que los sujetos mencionados en el artículo 1° de la Resolución General Nº 4.693, su modificatoria y su complementaria, puedan acceder al servicio “web” “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP”, entre los días 14 de mayo de 2020 y 21 de mayo de 2020, inclusive, a los efectos de obtener dichos beneficios.

A efectos de facilitar la registración y el suministro de información en el referido servicio “web” en el actual contexto de emergencia, el organismo fiscal decidió extiender el plazo previsto hasta el 26 de mayo de 2020, inclusive.

Desde el SOS Contador hemos incorporado las siguientes funciones para facilitar dicha tarea.

En los siguientes links podrás dirigirte a los artículos que explican claramente lo sencillos que es:

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